Cuando se piensa en el puestos de trabajo de una farmacia o trabajo farmacéutico, casi de manera automática, la mayoría pensamos en la persona que hay al otro lado del mostrador cuando vamos a comprar algo para el molesto resfriado que estamos comenzando a sentir.
Pero, lo cierto, es que dentro de la oficina de farmacia existen varios puestos de trabajo en los que poder desarrollar la actividad profesional.
Desde que en 1975 se aprobara en España la Ordenanza Laboral para las Oficinas de Farmacia, puestos de trabajo y la organización laboral que existe dentro de cada farmacia está perfectamente delimitada y con sus funciones definidas. Pero, ¿cuáles son los distintos puestos que existen y cuáles son sus funciones?
Para comenzar, hay que saber diferenciar entre los distintos tipos de puestos de trabajo que existen en las farmacias. Dependerá de cuáles sean las funciones que se le atribuyen a cada uno: personal facultativo, personal técnico y personal auxiliar.
Dentro del personal facultativo debemos aglutinar a aquellos que poseen al menos la licenciatura en farmacia. Estos puestos de trabajo realizan los servicios profesionales para los que están capacitados. Pero dentro de los facultativos, también tenemos diferentes posiciones que delimitan las funciones del trabajo en farmacias.
Puestos de trabajo farmacéutico
Farmacéutico titular: se trata de la persona para la cual ha sido autorizada la instalación y funcionamiento de la oficina de farmacia. Por supuesto, debe contar con la licenciatura de farmacia.
Farmacéutico Co-Titular: cuando una farmacia pertenece a más de un profesional. En este caso deben tener una participación no inferior a un 20% del valor total de la oficina de farmacia.
El farmacéutico regente: casos especiales en los que es necesario nombrarlo como tal. Se puede dar por casos de defunción, incapacidad legal por sentencia judicial o la declaración legal de ausencia de la persona titular. De esta manera asume como titular el trabajo en farmacias las responsabilidades e incompatibilidades inherentes a la titularidad.
Farmacéutico sustituto: nombrado como tal con carácter temporal, asumiendo funciones, responsabilidades e incompatibilidades que están asignadas al farmacéutico titular.
Farmacéutico adjunto: nombrado para ejercer conjuntamente como colaborador del titular, regente o sustituto. Con la misma formación que los anteriores, pero sin tener tanto por ciento de la propiedad de la farmacia.
Puestos de trabajo del personal técnico
En el puestos de trabajo en farmacias, ahora sería momento para conocer al personal técnico. Dentro de este grupo de profesionales sanitarios encontramos a los conocidos como auxiliares y técnicos de farmacia y parafarmacia.
Su trabajo consiste en la dispensación de los medicamentos a los pacientes, organización del trabajo, control del almacén o informar a los pacientes sobre las características del producto que va a comprar.
Auxiliar mayor diplomado: conocidos dentro del trabajo en farmacias como auxiliar de farmacia. Es propio de su cargo el tener a su cargo la organización del trabajo del resto del personal. Siempre debe ser bajo la supervisión del facultativo.
Auxiliar diplomado: dedicado a las tareas propias de una oficina de farmacia. Dispensación de los medicamentos o la elaboración de fórmulas magistrales, pero al igual que en el anterior caso, siempre se debe producir bajo la supervisión del facultativo.
Técnico en farmacia y parafarmacia: al igual que sus anteriores compañeros, su trabajo en farmacias es el de realizar la vente de productos farmacéuticos, parafarmacéuticas, productos relacionados con la salud humana o animal, productos de cosmética, fitoterapia u otros que existan en la oficina de farmacia. En este caso, es necesario estar en posesión de un título de formación profesional de grado medio.
Personal auxiliar en la farmacia
El personal auxiliar con el que se completa el equipo de trabajo en farmacias es quién realiza todas aquellas labores propias de la actividad general de la empresa. También puede llegar a colaborar en la preparación de fórmulas magistrales.
Por regla general, antes de ser personal auxiliar, ha pasado por el puesto de ayudante, cooperando con el auxiliar en sus funciones.
Tal y como informa la ley, la presencia y actuación del personal facultativo es condición y requisito inexcusable para poder dispensar al público medicamentos, siempre teniendo en cuenta el número de farmacéuticos necesarios en función de la actividad de la oficina de farmacia.
En caso de que no se respete esto, se incurrirá en una infracción calificada como grave.